¿Qué requisitos debe cumplir un gestor de residuos RAEE profesional?

Gestor de Residuos Raee

Todas aquellas empresas que actúen como gestor de residuos RAEE profesional deben estar atentas, ya que el último Real Decreto 110/2015 de 20 de febrero sobre Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos estableció una serie de cambios significativos y obligaciones que afectan a fabricantes, distribuidores y usuarios y se deben conocer.

Cualquier gestor RAEE autorizado debe cumplir con esta normativa desde el pasado 1 de enero de 2019, y de lo contrario podría enfrentarse a importantes sanciones económicas, que variarían según la gravedad de la infracción, pudiendo ir desde un expediente sancionador a la pérdida de garantías financieras, y en los peores casos, proceder a la suspensión definitiva en el Registro de Producción y Gestión.

Conscientes de que estas obligaciones pueden pasar desapercibidas en muchos casos, toma nota porque a continuación te mostramos los principales requisitos a cumplir por un gestor de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

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Los requisitos obligatorios que debe cumplir un gestor RAEE

Plataforma para el control de los residuos

A partir de ahora hay que registrar cualquier movimiento de residuos RAEE en una plataforma electrónica que se encargará de aumentar el control de los residuos y garantizar el cumplimiento del Real Decreto, independientemente de que esté relacionado con la reutilización o la recogida.

Esta plataforma cuenta con una base de datos que almacenará toda la información de recogida y tratamientos de los RAEE, y su uso es obligatorio para todos los gestores de residuos RAEE, presentando todos los informes cada 31 de enero.

Pero no sólo afectará a los gestores RAEE, sino que también será obligatoria para los distribuidores de AEE (Aparatos Eléctricos y Electrónicos), así como para puntos limpios municipales.

Nuevas etiquetas y códigos LER-RAEE

Una de las principales novedades del Real Decreto 110/2015 fue la reducción de 10 categorías RAEE a un total de 7, así como que cada tipo de residuo estuviera identificada con una etiqueta electrónica que incluya el código LER-RAEE.

A través de la etiqueta se registrarán en la plataforma todos los movimientos de los residuos en la plataforma electrónica, siendo el uso de las etiquetas totalmente obligatorio, cuyos códigos tendrán que registrarse en el archivo cronológico de actividad y en la memoria anual de cada gestor RAEE.

Aquellas empresas o instalaciones de recogida de RAEE también tendrán que entregar a los usuarios un justificante, donde aparezca el tipo de aparato, la fecha, marca, número de serie y existe posibilidad de reutilización.

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Las nuevas 7 categorías RAEE con las que te debes familiarizar

1. Aparatos de intercambio de temperatura:

1.1 Subcategoría 1. Aparato eléctrico de intercambio de temperatura clorofluorocarburos (CFC), hidroclorofluorocarburos (HCFC), hidrofluorocarburos (HFC), hidrocarburos (HC) o amoníaco (NH).
1.2| Subcategoría 2. Aparato eléctrico de aire acondicionado.
1.3| Subcategoría 3. Aparato eléctrico con aceite en circuitos o condensadores.

2. Monitores, pantallas y aparatos con pantallas de superficie superior a 100cm:

2.1| Subcategoría 1. Monitores y pantallas LED.
2.2| Subcategoría 2. Otros monitores y pantallas.

3. Lámparas:

3.1| Subcategoría 1. Lámparas de descarga (mercurio) y lámparas fluorescentes.
3.2| Subcategoría 2. Lámparas LED.

4. Grandes aparatos (dimensiones superiores a 50cm):

Están incluidos, entre otros: Electrodomésticos, aparatos de consumo, equipos de informática y telecomunicaciones, luminarias, aparatos de reproducción de sonido o imagen, equipos de música, herramientas eléctricas y electrónicas, juguetes, equipos deportivos y de ocio, productos sanitarios, instrumentos de vigilancia y control, máquinas expendedoras y equipos para la generación de corriente eléctrica. Esta categoría no incluye los aparatos contemplados en las categorías 1 a 3 ni 7.

5. Pequeños aparatos (dimensiones inferiores a 50cm):

Están incluidos, entre otros: electrodomésticos, aparatos de consumo, luminarias, aparatos de reproducción de sonido o imagen, equipos de música, herramientas eléctricas y electrónicas, juguetes, equipos deportivos y de ocio, productos sanitarios, instrumentos de vigilancia y control, máquinas expendedoras y equipos para la generación de corriente eléctrica. Esta categoría no incluye los aparatos contemplados en las categorías 3 y 6.

6. Equipos de informática y telecomunicaciones pequeños (sin ninguna dimensión exterior superior a 50cm).

7. Paneles fotovoltaicos grandes (dimensiones exteriores superiores a 50cm):

7.1| Subcategoría 1. Paneles fotovoltaicos con silicio.
7.2| Subcategoría 2. Paneles fotovoltaicos con teluro de cadmio.

Condiciones de almacenamiento para la reutilización de los RAEE

La nueva normativa también establece las condiciones de almacenamiento para la reutilización de los RAEE, indicando cómo deben prepararse los residuos para este fin.

Las instalaciones de recogida de RAEE debe garantizar la correcta y segura manipulación de los residuos para su reutilización, asegurando que no se van a romper ni estropear, que se van a almacenar adecuadamente sin excesos de apilamiento, que no se van a abrir ni desmontar los residuos durante el transporte, etc.

Los objetivos mínimos de la recogida de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos

El principal objetivo de la recogida de RAAE es favorecer la reutilización y la recuperación de componentes que todavía se pueden usar, ya que en muchos casos estos residuos siguen siendo útiles y no se aprovechan cómo deberían, con todo el impacto medioambiental que esto supone.

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